CAPACIDAD CONTRIBUTIVA, OBJETO, SUJETO DE IMPUESTO Y TEORIA DE LA FUENTE


PROFE: GRACIELA  CUELLO ESCUELA TECNICA 5 DE 11 “R.DE ESCALADA DE SAN MARTIN” CABA

ELEMENTOS DEL IMPUESTO

1.1 INTRODUCCION
El  tema  fundamental  de  esta  unidad  es  el  desarrollo  de  los  conceptos relacionados con los impuestos. Estos conceptos se encuentran enunciados en las Leyes impositivas, por lo que aquí se tratará de dar una definición de los mismos para estar en condiciones de estudiar las leyes impositivas.
1.2. OBLIGACION TRIBUTARIA
Es la relación jurídica que existe entre el Estado y los individuos; esta obligación desaparecerá con el pago del impuesto.

1.3. SUJETOS DEL IMPUESTO
En el ítem anterior señalamos dos tipos de sujetos:
1. EL ESTADO, SUJETO ACTIVO, que ejerce su poder de imperio, y los 
2. INDIVIDUOS SUJETOS PASIVOS. obligados a ingresar el impuesto, 

1.4. SUJETO ACTIVO
El Estado, en sus tres niveles: nacional, provincial y municipal, es el que exige el pago de los impuestos.

1.5. SUJETO PASIVO
Es el individuo, el cual está obligado por la Ley a declarar y pagar el impuesto. En general, el sujeto pasivo coincide con el contribuyente, con excepción del caso en que la  obligación de declarar e ingresar el impuesto por cuenta del contribuyente recaiga en el sustituto.

1. Una persona física es sujeto del Impuesto a las Ganancias, por tanto, la Ley le obliga a declarar e ingresar el impuesto; en este caso, el sujeto pasivo coincide con el contribuyente.

2. El señor Ram trabaja en relación de dependencia en la empresa Sud, S.
A. Como los ingresos de dicho empleado superan el Mínimo No imponible fijado por la DGI, Sud, S. A. le deberá retener e ingresar el Impuesto a las Ganancias correspondiente. En este supuesto la empresa que declara e ingresa el impuesto actúa como sustituto.
Sintetizando lo planteado anteriormente, se pueden distinguir dos tipos de sujetos pasivos:
Contribuyente: Es el caso del punto 1 del ejemplo, en el que el
sujeto pasivo coincide con el contribuyente. Este debe responder por las deudas propias.

• Responsables por deuda ajena: Son aquellos sujetos que designa la Ley para que declaren e ingresen el impuesto por cuenta de otro contribuyente. Entre otros, distinguimos a los agentes de retención y a los agentes de percepción. El primero es el citado en el punto 2 del ejemplo anterior; el segundo es el que al cobrar una parte de este ingreso lo hace por cuenta del Fisco, como, por ejemplo, el impuesto incluido en el precio de la nafta.

1.6. HECHO IMPONIBLE
Es la situación jurídica por la cual la Ley obliga a tributar. Por ejemplo, un comerciante alcanzado por el Impuesto al Valor Agregado vende mercaderías; el nacimiento de la obligación tributaria se produce en el momento de la entrega del bien, la emisión de la factura o acto equivalente, el que fuera anterior.

1.7. BASE IMPONIBLE

Es la valoración del hecho imponible de acuerdo a los métodos que fije la Ley. Es el monto que determina la Ley, sobre el cual se fija la tasa o alícuota. Por ejemplo, un comerciante que está alcanzado por el Impuesto al Valor Agregado, vende mercaderías; la base imponible surgirá del:


PRECIO NETO DE LA VENTA - DESCUENTOS Y BONIFICACIONES + OTROS INTEGRANTES DEL PRECIO.

CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS


2.1 IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS

Se basa en la incidencia real del impuesto, se debe analizar quién es el sujeto que realmente lo paga:

1. Impuestos directos: es pagado por el sujeto pasivo que determina la ley, y éste no logra trasladarlo a otro (ganancias y bienes personales).
2. Impuestos indirectos: la ley define a un sujeto que debe pagarlo, pero el responsable logra trasladarlo a otra persona (IVA, Ingresos brutos).


2.2. IMPUESTOS REALES Y PERSONALES

1. Impuestos reales u objetivos: no tienen en cuenta la situación personal o económica del sujeto responsable del pago del impuesto (impuesto a los inmuebles).
2. Impuestos personales o subjetivos: son los que consideran la situación personal o económica del contribuyente (Ganancias).

2.3. IMPUESTOS FIJOS, PROPORCIONALES, PROGRESIVOS O REGRESIVOS


1. Impuestos fijos: se paga una suma fija por cada contribuyente (timbrado del libro de sueldos y jornales).

2. Impuestos proporcionales: se aplica una misma alícuota o tasa (IVA, bienes personales).

3. Impuestos progresivos: a medida que aumenta el monto sujeto a impuesto, se aplica una tasa creciente (Ganancias).

4. Impuestos regresivos: a medida que aumenta el monto sujeto a impuesto, se aplica una tasa decreciente (no hay en la actualidad).
2.4. IMPUESTOS EN FUNCIÓN DEL BENEFICIO, DEL PATRIMONIO O DEL  GASTO
1. Impuestos en función del beneficio: Ganancias, juegos de azar.
2. Impuestos en función del patrimonio: impuesto a los bienes personales, a los inmuebles
3. Impuestos en función del consumo o del gasto: IVA, a las ventas, internos (consumos específicos).

3. EFECTOS ECONÓMICOS DE LOS IMPUESTOS

El impuesto, al ser una detracción económica que exige el Estado a los particulares, provoca efectos como el de disminuir el poder de compra, el ahorro y el consumo, así como también el de modificar las conductas de los individuos. Los estados modernos persiguen con los impuestos objetivos de redistribución
de la renta, estabilización de la economía y crecimiento económico, entre otros.

3.1. EFECTOS ECONOMICOS

De acuerdo al estudio de Seligman, los efectos económicos son cuatro: Percusión, Traslación, Incidencia y Difusión

3.2. PERCUSIÓN

La Ley determina quién debe pagar el impuesto y quién es el sujeto pasivo (sujeto percutido), el cual no siempre cuenta con dinero para hacerlo, debiendo recurrir, en muchos casos, al crédito. Esto produce modificaciones en la conducta del contribuyente.

3.3. TRASLACIÓN

El sujeto pasivo del impuesto, es decir aquel que la ley designa para pagarlo, procurará transferir el impuesto a otros individuos, incorporándolos a sus precios si el mercado lo permite. La traslación puede ser:

• Hacia delante: cuando el sujeto que ha sido designado por la ley logre aumentar lo precios para, así, cubrir el impuesto. El comprador será quien realmente soporte el impuesto.

• Hacia atrás: cuando el sujeto que ha sido designado por la ley logre transferir la carga del impuesto a sus proveedores, obteniendo una disminución en el precio de compra equivalente al impuesto.

• Oblicua: cuando se trasladen los precios a otros bienes o servicios distintos de los gravados, pero que integren el costo de estos.

El fenómeno de traslación dependerá de determinados factores entre ellos destacan los siguientes:

3.4.1. CARACTERÍSTICAS DE LOS MERCADOS

La traslación dependerá de que sea un monopolio, oligopolio o un mercado de competencia perfecta.

• Existe monopolio cuando hay un solo productor en un mercado bien definido. Ese productor ha establecido el precio en el mercado
aximizando sus beneficios. Si traslada el impuesto aumentará el precio, provocando una disminución en la cantidad demandada. En este caso el productor deberá reducir su producción y su máximo beneficio. Lo expuesto anteriormente nos indica que no resulta conveniente trasladar el impuesto en caso de un mercado monopólico.

• Existe oligopolio cuando hay pocos vendedores en el mercado y la acción de cada uno de ellos provoca una reacción el otro. En general se traslada el impuesto produciendo un aumento en el precio.

El mercado de competencia perfecta se caracteriza por la existencia de un elevado número de productores, la libre entrada y salida de las empresas a los mercados y por los precios determinados por la ley de la Oferta y la Demanda. En este caso es difícil trasladar el impuesto, dado que, al no poder modificar el productor lo precios de venta, deberá soportarlo. Este concepto se tendrá en cuenta siempre y cuando e trate de productos perecederos, que no pueden ser conservados en el tiempo.

3.4.2. IMPORTE DEL IMPUESTO

La traslación dependerá del monto del impuesto a pagar. Según este monto, se justificará p no la traslación de los precios. Un impuesto pequeño no justifica las modificaciones que produce su traslación.

3.4.3. ELASTICIDAD DE LA DEMANDA

La traslación dependerá que se trate de un bien de demanda elástica i inelástica.

• Un bien será de Demanda Elástica cuando un aumento de precios disminuye la demanda y, por el contrario, a una disminución del precio aumenta la demanda. Si se trata de un bien de demanda elástica, el vendedor no podrá trasladar el impuesto a sus precios, porque, al trasladarlo, el precio aumentará y su demanda disminuirá.

• Por el contrario, si se trata de un bien de Demanda Inelástica, el impuesto se podrá trasladar a los precios, porque, en este caso, un aumento en los precios no modificará la demanda.


3.4.4. COSTO DE LA INDUSTRIA

En el fenómeno de traslación se deberán tener en cuenta los costos de la empresa cuando el impuesto forma parte del mismo. En la industria distinguimos distintos tipos de costos.

• El Costo es Constante cuando es el mismo, independientemente de la cantidad de unidades producidas. En general el aumento del precio que se produce es equivalente al impuesto.

• El costo es creciente cuando al aumentar las unidades producidas aumenta el precio de cada una. El precio aumenta al trasladar el impuesto; esto produce una disminución de los costos porque, al disminuir la demanda por el aumento de los precios, el productor deberá producir menos unidades, disminuyendo así los costos y manteniendo la misma ganancia que antes de trasladar el impuesto.

• El costo es decreciente cuando al aumentar las unidades producidas disminuye el precio de cada una. En este caso, al trasladar el impuesto, se produce un aumento en el precio, lo cual provoca una disminución de la demanda. Por esta razón, el productor disminuirá su producción determinando un aumento en el precio de cada unidad, al cual se le sumará el aumento producido por el impuesto, disminuyendo su beneficio.

3.4.5. CATEGORÍAS DE IMPUESTOS

• Se dice que en los impuestos generales no se produce traslación. Todas las industrias están afectadas por los impuestos generales, por lo que el empresario no se trasladará de una a otra para evitar el impuesto, ya que todas están gravadas por igual.

• Los impuestos especiales tienen posibilidad de ser trasladados según las condiciones de la oferta y la demanda. Al disminuir la oferta por la transferencia de la industria gravada a una no gravada se verifica un aumento en los precios, trasladando así el impuesto. Un impuesto aplicado por única vez no se traslada; puede ser soportado por los productores ante la conveniencia de no alterar los mercados con él.

El estudio precedente se desarrolla para una situación estática, dependiendo de que el período económico sea o no favorable. Se posibilita la traslación en períodos económicos favorables y ocurre lo contrario en períodos de crisis.


3.4.6. AMORTIZACIÓN y CAPITALIZACIÓN DEL IMPUESTO

El fenómeno amortización se verifica cuando se trata de impuestos permanentes. Es la disminución de la renta anual producida por un capital, que deriva en su desvalorización por efecto de la aplicación de un impuesto.
El fenómeno capitalización se verifica cuando se valoriza un capital por la disminución de la tasa o la eliminación de un impuesto aplicado a la renta de ese capital.

4. CAPACIDAD CONTRIBUTIVA

La capacidad contributiva es una de las teorías más aceptadas acerca del porqué pagar los impuestos y sobre quiénes deben pagarlos.
A la pregunta de cuánto es lo que cada sujeto debe pagar de impuestos, esta teoría  indica  que cada ciudadano pagará tributos en relación de su poder económico. Esto en función a tres parámetros o indicadores:

   Patrimonio
   Renta
   Gasto (o consumo)

La teoría de la capacidad contributiva establece:

4.1 PATRIMONIO: “IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES”

Este impuesto lo tributan las personas, pero no todas, sólo las que quedan alcanzadas debido a que su patrimonio, o sea, el conjunto de sus bienes (casas, country, autos, embarcaciones, joyas, etc) en el país y en el exterior al 31 de diciembre de cada año, supera los $ 305.000.

Para explicarlo de modo muy simple, diremos que sobre el excedente de dicha suma el sujeto deberá tributar el 0,5% en concepto de Impuesto a los Bienes  Personales.  (Cuando el valor total de sus bienes sea de entre $305.000 a $ 750.000).

Luego, el porcentaje a aplicar se irá incrementando progresivamente -según lo indicado en la norma- hasta llegar a tributar el 1,25 % cuando el valor total de los bienes supera los $ 5.000.000.
Las personas que con el conjunto de sus bienes no superen los $ 305.000 no están alcanzados por este impuesto. Esto significa que no están inscriptos en este tributo ni deben pagarlo.

4.2 RENTA: “IMPUESTO A LAS GANANCIAS”

4.2.1. INTRODUCCION
El rédito es considerado como la mejor medida de capacidad contributiva de los individuos.
La renta obtenida determina el nivel de vida y el bienestar económico.
Esta forma de tributación responde mejor a los principios de equidad porque considera el total de ingresos, gastos y situaciones personales del contribuyente.

4.2.2. ANTECEDENTES HISTORICOS
El Impuesto a las Rentas tiene su origen en los tributos locales a la propiedad en la Edad  Media. Estos, generalmente se aplicaban al rendimiento de la misma.
En la República Argentina, hasta el año 1973, rigió la Ley 1 1682 de Impuesto a los Réditos;  después, hasta el año 1975, la Ley 20628 de Impuesto a las Ganancias, que es una forma de Impuesto a la Renta, modificada en el ano
1976 por la Ley 21286, en 1978 por la 21894 y a partir de 1986 por la Ley23260.
La Ley 24073 del año 1992 modifica la Ley de Impuesto a las Ganancias mencionada anteriormente.

4.2.3. TEORIA DE LA FUENTE Y DE LA RENTA MUNDIAL

La sanción de la Ley 24073 (BO 13/4/92) de Impuesto a las Ganancias adopta la teoría de  la renta mundial para los residentes en el país, conservando la teoría de la fuente para residentes en el país y en el exterior, a diferencia de la legislación anterior que se basaba en la teoría de la fuente.

La Ley grava las ganancias de fuente argentina, definiéndolas como aquellas que provienen de bienes situados, colocados o utilizados econ6micamente en la República, de la realización en el territorio de la Nación de cualquier acto o actividad susceptible de producir beneficios, o de hechos ocurridos dentro del limite de la misma, sin considerar  el lugar de residencia o el domicilio del titular.

Los residentes en el país, además, tributarán el impuesto por las ganancias que obtengan de actividades realizadas en el exterior.

4.2.4. CARACTERISTICAS

El Impuesto a la Renta puede gravar a las personas físicas y a las sociedades de capital. Según sea el caso, el mismo puede ser:

• Impuesto directo: El Impuesto a la Renta, en general, es un impuesto directo porque recae sobre el contribuyente que está obligado a pagarlo. Se reconoce  cierta  posibilidad de traslación, aunque no hay pruebas definitivas de ello. En el impuesto sobre las sociedades de capital existen mayores posibilidades de que ocurra este fenómeno.

• Impuesto personal: El Impuesto a la Renta de los individuos es un impuesto personal. Tiene en cuenta las circunstancias globales en las que se encuentra el contribuyente. Se calcula sobre el total de ingresos que obtiene,  pudiendo  deducir  ciertos  gastos  de  acuerdo  a  su  situación 
• Impuesto real: El  Impuesto a la Renta de las sociedades de capital es 
personal. un impuesto real; se aplica sobre las ganancias sin tener en cuenta a las personas que las obtuvieron.
• Tasas progresivas: El impuesto a la renta de los individuos se gradúa progresivamente, en general por un sistema de escalas. La progresividad no se manifiesta cuando se refiere a beneficios de sociedades de capital.



4.2.5. EL IMPUESTO A LA RENTA EN LOS PAISES DESARROLLADOS Y SUBDESARROLLADOS

En los países desarrollados este impuesto juega un papel preponderante debido a que en éstos la capacidad de pago de los ciudadanos es elevada, ya que sus ingresos están muy por encima de los mínimos necesarios de subsistencia.
Además la tasa de evasión es baja, ya que los ciudadanos consideran que pagando  sus  impuestos contribuyen a que las clases de menores recursos obtengan  mayores  beneficios.  Son  países  que  cuentan  con  una  eficiente administración tributaria, que controla el fraude fiscal, en donde los casos de corrupción son escasos, combatiendo los con todo el rigor.
En los países subdesarrollados, en cambio, la tasa de evasión es elevada, no contando con una administración eficiente para revertir esta situación. Estos países basan sus sistemas de imposición en los impuestos a los consumos, que son más fáciles de recaudar.

4.2.6. EFECTOS ECONOMICOS

La aplicación de un Impuesto a la Renta produce las siguientes consecuencias en la Economía:
• El Impuesto a la Renta es una detracción de los ingresos del trabajador que  aumentará la posibilidad de decidir entre trabajar o no (efecto sustitución).  Pero, como consecuencia del efecto ingreso, al sufrir esa disminución en los ingresos, para mantener el nivel de consumo anterior a la aplicación del impuesto, deberá decidir trabajar más.
• Desde otro punto de vista, el Impuesto a los Réditos (o a la Renta) disminuye los ingresos disponibles para colocar capital en las empresas. Generalmente, son ahorros de individuos de altos ingresos que, a pesar de tributar el Impuesto a los  créditos, les queda disponibilidad para invertir.
• El impuesto influye en la decisión de invertir; los individuos que buscan conservar su capital y obtener una renta se inclinan hacia inversiones de escaso nesgo y rendimiento. En este caso, en general, el impuesto no provoca  la  decisión  de  cambiar  a  inversiones  de  mayor  nesgo.  En cambio, si el individuo busca valorizar su inversión, decidirá cambiar a inversiones de alto nesgo y gran rendimiento si las normas impositivas lo benefician.
• También un Impuesto a las Rentas elevado desalienta a los individuos a efectuar un tipo de trabajo; lo cual hará que aumente el costo del mismo disminuyendo así el trabajo ofrecido a la sociedad.
• En el caso de empresas de riesgo, un Impuesto a la Renta que no permita deducir las pérdidas provocará una disminución de la producción de estas empresas. Aumentará la de otras si la situación sigue siendo de pleno empleo.

Este impuesto es anual y tiene distintas características para las empresas y para las personas.
Las empresas, sobre lo que ganan, -una vez restados los gastos necesarios, los costos y las deducciones que admite la ley - deben tributar a una tasa fija que es del 35%.

Para las personas, este impuesto es progresivo. Es decir que cuanto más ganan más  pagan. De acuerdo a una escala que va estableciendo distintos rangos desde un 9%, luego un 14, un 19 y así sucesivamente hasta llegar al 35%.

Además para las personas la Ley de Impuesto a las Ganancias establece una serie de disposiciones especiales que contemplan la situación personal y familiar de cada trabajador. Una serie de ítems con distintos importes que se restan  a  las  ganancias  obtenidas. De modo que aunque dos trabajadores tengan el mismo sueldo, no tributa igual un trabajador soltero y sin hijos que otro que es casado, que tiene 3 chicos, que mantiene a su suegra...

¿Quiénes están alcanzados por este impuesto?
Actualmente están alcanzados los trabajadores solteros que ganen más de $ 4.800 y los casados con hijos que ganen más de $5.200. Las personas que obtienen ganancias por debajo de estos valores no están alcanzadas por este impuesto.


4.3 CONSUMO: “IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)”


4.3.1.  INTRODUCCION

Los impuestos sobre los consumos se justifican desde el punto de vista económico  como  elemento  recaudatorio.  Generalmente,  son  impue stos cuya carga se traslada a los Consumidores Finales. Las empresas que lo soportan lo trasladan en la medida que lo admitan los mercados.
La modalidad típica de este impuesto es el Impuesto a las Ventas y, en su forma más moderna, el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

4.3.2. IMPUESTOS GENERALES A LOS CONSUMOS
Los impuestos generales a los consumos se aplican:
• En una sola etapa (monofásicos): El impuesto recae en una sola etapa del proceso productivo. Las mismas pueden ser las efectuadas por fabricantes, mayoristas o minoristas.
• Impuesto sobre los fabricantes (en la etapa manufacturera), como, por  ejemplo, el Impuesto a las Ventas instituido en nuestro país hasta el año 1974.

4.3.3. Ventajas:
Su administración es de bajo costo por el menor número de contribuyentes.
4.3.4. Inconvenientes:
• Las empresas necesitan un mayor capital para la producción porque el impuesto forma parte de sus costos.
• Se profundiza el efecto piramidación por el cual el incremento en los  precios  por la introducción de un gravámen a los consumos es superior al impuesto que va a recaudar el Estado por la introducción de dicho impuesto.  Este fenómeno se origina cuando el comercio aplica porcentajes fijos de utilidad bruta sobre sus adquisiciones.
• Impuesto sobre mayoristas: Es un gravámen que se aplica a las ventas  que  efectúan los mayoristas a los minoristas. Su costo de
administración  es  mayor  que  el  anterior,  pues  hay  un  número
mayor de contribuyentes, lo que hace que su alícuota sea menor que  la  aplicada  en  la  etapa  manufacturera. En  esta  etapa  se produce en menor medida el efecto piramidación que en la etapa anterior.
o Impuesto sobre minoristas: Grava las ventas que realizan los minoristas. Su alícuota será menor por el gran número de contribuyentes. En esta etapa no se  verifica el efecto piramidación.
o En todas las etapas (PLURIFÁSICOS): El impuesto recae en varias etapas del proceso productivo; pueden distinguirse:
 IMPUESTOS ACUMULATIVOS: Son los que producen el fenómeno de imposición en cascada, es decir, aquellos que en  cada etapa del proceso productivo el impuesto
que se ha tributado en la etapa anterior forma parte de la base  imponible en la etapa posterior; es decir hay impuesto sobre impuesto.
 IMPUESTO NO ACUMULATIVO: Eliminan de su base imponible el impuesto pagado en etapas anteriores del proceso, como, por ejemplo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA ) que del impuesto determinado por lasventas se resta el impuesto pagado por las compras.

Son aquellos impuestos específicos que no gravan el consumo general sino el de algunos bienes (alcoholes, bebidas alcohólicas, tabacos, combustibles y aceites lubricantes y otros). Se aplican en una sola etapa, son  de  fácil  recaudación  y  se  utilizan  como  medio  para  orientar  la producción y el consumo de ciertos bienes;


4.3.6. CARACTERISTICAS DE LOS IMPUESTOS A LOS CONSUMOS
Las características de los impuestos a los consumos son las siguientes:
• REGRESIVIDAD: Se da en pleno en esta forma de imposición en tanto se adopte la forma de imposición generalizada y sin excepciones.
Se han ideado distintas variantes para paliar el problema de
regresividad, tales como eximir a los artículos de primera necesidad, a los artículos de la canasta familiar y a todos los que constituyen el consumo básico de los sectores de menores recursos. Esto se  complementa, en el caso de que se graven los servicios, eximiendo alguno de ellos como los de educación y salud.
Otra  alternativa  para  paliar  la  regresividad  es  otorgar  crédito  o devolución de impuestos, pero es de difícil administración. En este caso: los contribuyentes de menores recursos, cuando presentaran su  declaración  de  Impuesto  a  la  Renta,  deducirían  el  impuesto abonado a los consumos,  pero, como no pagarían Impuesto a la Renta, no existiría la posibilidad de  devolverles el Impuesto a los Consumos.
• ACUMULACIÓN: Se da en los impuestos en cascada.

4.3.6.  DISTINTOS IMPUESTOS AL CONSUMO
Los impuestos al consumo que se destacan son:
• IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
• IMPUESTOS INTERNOS.
• IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

El IVA,en líneas generales, se aplica sobre las ventas, las obras, locaciones y prestaciones de servicios.
La alícuota general del impuesto es del veintiuno por ciento (21 %).
Pero existen también alícuotas diferenciales: El veintisiete por ciento (27 %) para las  ventas de gas, energía eléctrica y aguas reguladas por medidor. El diez coma cinco por ciento (10,5 %) -por ejemplo- para las ventas de: carnes, frutas, legumbres, hortalizas, miel, granos -cereales y oleaginosos-, harina de trigo, pan, etc.
Este impuesto lo pagamos todos, cada vez que hacemos una compra o nos prestan  algún servicio, al pedir un tíquet o una factura. En el precio final que pagamos hay  incluida una parte que es este impuesto que sirve para mantener lo público, lo común, las cosas que son de todos.
Al pedir nuestro comprobante garantizamos que el impuesto que pagamos sea  efectivamente ingresado al Estado para hacer frente a las necesidades públicas.
Siempre  que  no olvidemos  llevar  el  comprobante por nuestra compra, cuanto más compramos, al consumir más (al gastar más) estamos tributando más.
Irse de un comercio sin pedir el tíquet o la factura es como ir al Banco, pagar algo y retirarse sin que el cajero la selle (sin que nos quede constancia del pago).

¿Quiénes están alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado?. 

TODOS. EL IVA ES EL IMPUESTO QUE PAGAMOS TODOS.












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